Resumen
El activismo climático denuncia un aumento del discurso de odio en Internet durante los últimos años, especialmente en el caso de jóvenes y mujeres, provocando que plataformas como TikTok y Facebook hayan comenzado a responder a estas manifestaciones de expresiones para establecer normas más estrictas. La incitación al odio online puede producirse y distribuirse sin esfuerzo y de forma anónima, con posibilidad de llegar a una audiencia global y diversa en tiempo real, por no hablar de que los contenidos online permanecen en la red y pueden resurgir y ganar popularidad con el paso del tiempo. Ello ha provocado que algunos estados responsabilicen a las empresas que gestionan el flujo de informaciones y opiniones desde Internet, lo que suscita preocupación por la limitación de la libertad de expresión frente a la protección de los derechos de terceros. Por ello, la comprensión y el análisis que esté haciendo sobre esta cuestión el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es fundamental para dar forma a una respuesta efectiva, armonizada y viable para todos los Estados Miembros del Consejo de Europa. La metodología seguida ha sido un positivismo sociológico, en virtud del cual he analizado los distintos textos normativos y la jurisprudencia relevante, desde una aproximación multidisciplinar que combina, herramientas metodológicas, tanto técnicas inductivas como deductivas, para alcanzar unas conclusiones defendibles tras un desarrollo empírico-inductivo y lógico-deductivo de la hipótesis de partida que asumimos: si el TEDH es un instrumento vivo que permite la persecución del discurso de odio online.
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Ponencia temática de un trabajo
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KEYWORDS
Discurso de Odio, Libertad de Expresión Online, TEDH
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