Usos sociales de la tecnología

Universidad de Malta (Campus Valeta)


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José Luis Ortega-Martín, Professor, Foreign Languages, Universidad de Granada, Granada, Spain

El deber administrativo de información y asistencia tributaria en el ámbito empresarial

Ponencia temática de un trabajo
Ana María Delgado-Garcia,  Rafael Oliver Cuello  

Las empresas y empresarios deben pagar ciertos tributos con carácter periódico como consecuencia directa o indirecta del ejercicio de su actividad económica en los diferentes niveles de hacienda territorial. Junto al coste fiscal directo que supone el pago de los distintos tributos deben asumir el coste fiscal indirecto derivado de las numerosas obligaciones de carácter formal a las que están sujetos (obligaciones de contabilidad, facturación, llevanza de los libros-registro, presentación de declaraciones…) y que han ido multiplicándose a lo largo del tiempo. Por su parte, tales obligaciones formales, en ocasiones, comportan la necesidad de contratación y de formación de personal, de adquisicion de software y equipos informáticos y, generalmente, requieren del asesoramiento fiscal de profesionales externos, dado el excesivo grado de complejidad y mutabilidad del sistema tributario. Todo ello, a su vez, puede provocar gran inseguridad jurídica para los obligados tributarios, un aumento de la conflictividad tributaria y un mayor coste económico. En este escenario, resulta imprescindible y al mismo tiempo cada vez adquiere una mayor relevancia, el papel asistencial de la propia administración para, de un lado, facilitar el correcto cumplimiento de los deberes tributarios y el adecuado ejercicio de los derechos y, de otro, dotar de mayor transparencia y seguridad jurídica el modelo actual de cumplimiento de las obligaciones tributarias. La presente comunicación tiene por objeto analizar los servicios de información y asistencia que la Administración Tributaria en España está obligada a prestar y que supone un mecanismo que, sin duda alguna, contribuye al mantenimiento de la actividad empresarial.

Nuevas formas de constituir, participar y votar en la junta general de las sociedades de capital: El modelo español

Ponencia temática de un trabajo
Blanca Torrubia Chalmeta  

El derecho societario ha experimentado una importante modernización gracias a las nuevas tecnologías, que facilitan a los socios la participación en el órgano de decisión de las sociedades. El artículo 182 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital de 2010 regulaba para las sociedades anónimas de la asistencia telemática a las juntas. Así, si los estatutos preveían la posibilidad de asistencia a la junta por medios telemáticos, que debían garantizar debidamente la identidad del sujeto, en la convocatoria se debían describir los plazos, formas y modos de ejercicio de los derechos de los accionistas previstos por los administradores para permitir el ordenado desarrollo de la junta. Este artículo, previsto únicamente para la sociedad anónima, abrió la posibilidad de celebración de la junta de forma totalmente telemática, posibilidad que, para toda la duración del estado de alarma, decretado como consecuencia de la pandemia provocada por el COVID 19, como seguidamente se verá, se admitió expresamente aun cuando no la hubieran previsto los estatutos y se extendió, entre otras, a las sociedades de responsabilidad limitada. La Ley 5/2021, de 12 de abril, regula para las sociedades de capital las posibilidades de constituir, asistir y participar en la junta general. La comunicación que se presenta tiene por objeto exponer y hacer un análisis crítico de la actual regulación en la Ley de Sociedades de Capital de la constitución, asistencia y voto en la junta general empleando medios telemáticos.

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