Resumen
Desde la perspectiva del código minero, los objetivos de interés público en la minería colombiana no sólo son contrarios al estado jurídico que garantiza los derechos de tercera generación previstos en los tratados de la comunidad internacional adoptados y vigentes en Colombia, sino que desconoce los preceptos de Ciudades Resilientes y, con ello, los principios del ordenamiento territorial y la autonomía de las entidades territoriales, si se tiene en cuenta que el subsuelo es propiedad del Estado, pero se actúa como si fuera propiedad del gobierno. En mora está el legislador de revisar la empatía de este código con los Objetivos del Desarrollo, dado que en su estado actual la actividad minera jamás ha contribuido en la generación de riqueza y prosperidad para los territorios, sus cuentas dejan de dar noticia de cómo ha integrado las tres dimensiones del desarrollo sostenible en lo social, en lo económico y en los ecosistemas. Es el despertar ciudadano, que con la única herramienta garantizada por la ley de transparencia y acceso a la información, haciendo uso de la justicia ambiental y debidamente organizados, podrá lograr alguna mitigación al atentado contra el futuro de los municipios del departamento de Caldas.
Presentadores
Tulia Elena Hernandez BurbanoStudent, Doctorante Desarrollo Sostenible, Universidad de Manizales, Caldas, Colombia
Details
Presentation Type
Ponencia temática de un trabajo
Theme
Educación, evaluación y política
KEYWORDS
Interés Público, Autonomía Territorial, Territorios Resilientes, Ordenamiento Territorial, Extractivismo
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